Grado de Administración y Finanzas en A Coruña

Estos son los centros de A Coruña que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Administración y Finanzas . Puedes ampliar información sobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.

  • , 99/A Barcala s/n. A Coruña
  • , Rua Ribadavia 4. A Coruña
  • , Rua ESTOCOLMO 5. A Coruña
  • , AV/da Coruña s/n. A Coruña
  • , Rua Egas Moniz 6. A Coruña
  • , Rua Sinforiano Lopez 43. A Coruña
  • , Rua José Mª Penabad López s/n. A Coruña
  • , Rua do Castro s/n. A Coruña
  • , Rua do Ensino s/n. A Coruña
  • , AV/Arsenio Iglesias 47. A Coruña
  • , 99/Espiñeira. A Coruña
  • , Rua Salvador de Madariaga 50. A Coruña
  • , AV/Fernando Blanco 99. A Coruña
  • , Rua Cabaleiros 1. A Coruña
  • , 99/Silvouta - Roxos. A Coruña
  • , 99/Frións. A Coruña
  • , AV/Sebastián Matínez Risco 12. A Coruña
  • , Rua Agro do Medio s/n. A Coruña
  • , Rua Nacente 29. A Coruña
  • , Rua PINTOR JUAN LUIS 1 baixo. A Coruña
  • , AV/Castelao, 64 (Caranza). A Coruña
  • , Rua Poza Real 5. A Coruña
  • , 99/Gandara 25. A Coruña
  • , CÑ/REAL s/n. A Coruña
  • , Rua Rosalía de Castro s/n. A Coruña
  • Preguntas Frecuentes

    ¿Cómo se califican los estudios de Formación Profesional?

    La superación de las enseñanzas requerirá la evaluación positiva en todos los módulos profesionales que las componen. Se consideran positivas las puntuaciones iguales o superiores a cinco puntos.

    1. La calificación de los módulos profesionales, excepto el de Formación en Centros de Trabajo, será numérica, entre uno y diez, sin decimales.
    2. El módulo de Formación en Centros de Trabajo se calificará como apto o no apto y no se tendrá en cuenta para calcular la nota media del expediente académico
    3. La nota final del ciclo formativo será la media aritmética de todos los módulos salvo el de Formación en Centros de Trabajo y se obtiene con dos decimales.

    ¿Puedo matricularme de módulos de primero y de segundo, indistintamente?

    La matrícula en la modalidad de distancia es parcial y en función a las comunidades autónomas también puede ser modular, lo que significa que el alumno puede realizar una elección de los módulos que se deseen cursar, de manera autónoma y una vez analizadas las enseñanzas, en función de su itinerario formativo y profesional salvo los módulos de Proyecto y FCT, que requieren tener el resto de módulos superados.

    Pero siempre se debe tener en cuenta que, al convivir distintas ofertas formativas, tanto de Comunidades Autónomas como del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, puede haber variaciones en calendarios, convocatorias, sistemas de matrícula, procedimientos de admisión etc., por lo que hay que consultar la oferta concreta en la que se decida cursar estos estudios.

    Los títulos obtenidos a través de la modalidad de FP Dual ¿tienen la misma validez que los de la modalidad presencial o distancia?

    Los Títulos que se obtienen al cursar un Ciclo Formativo de Grado Medio o de Grado Superior en esta modalidad tienen carácter oficial y la misma validez académica y profesional en todo el territorio nacional, de que los estudios se realicen en una Comunidad Autónoma o en el ámbito del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Sin embargo, al convivir las ofertas formativas de varias Administraciones, hay que tener en cuenta que el calendario, el sistema de matrícula, la evaluación y los currículos pueden variar en función de cada Comunidad Autónoma o del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

    Además, en función a la normativa autonómica, podrá entregarse un certificado al alumno que haya superado el proyecto donde conste la naturaleza del programa de formación realizado, su duración y valoración del resultado del mismo.

    ¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

    a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

    b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

    c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

    A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.

    Instalar