Grado de Producción de Audiovisuales, Radio y Espectáculos en Córdoba
Estos son los centros de Córdoba que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Producción de Audiovisuales, Radio y Espectáculos. Puedes ampliar información sobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.
Preguntas Frecuentes
He estudiado un ciclo de FP y ahora voy a hacer otro. ¿Me convalidan algún módulo?
Si es posible, pero para poder solicitarla ha de estar matriculado en el nuevo ciclo que quiera cursar y hacer una instancia al director del centro. Será desde la secretaría de este centro desde donde se tramitará y obtendrá toda la información sobre este procedimiento.
La información general sobre estas convalidaciones la tiene usted aquí.
Tiene que consultar además las Orientaciones sobre convalidaciones que están también en nuestra página de TodoFP:
¿Cuál es la duración de un proyecto de FP Dual?
Se establecerá un mínimo del 33% de las horas de formación indicadas en el título, incluida la Formación en Centros de Trabajo) con participación de la empresa. Este porcentaje podrá ampliarse en función de las características de cada módulo profesional y de la empresa participante.
En cualquier caso, la duración del ciclo formativo podrá ampliarse hasta tres años.
Tengo experiencia profesional en el Ciclo Formativo que estudio, ¿puedo solicitar la exención del módulo de FCT?
Podrá solicitar la exención total o parcial del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, el alumnado matriculado en dicho módulo que acredite una experiencia laboral mínima de un año (atendiendo al cómputo correspondiente a una jornada laboral completa), relacionada con el ciclo formativo en el que esté matriculado.
La experiencia laboral debe garantizar que el alumnado tiene adquiridos los resultados de aprendizaje recogidos en el currículo del módulo profesional de FCT.
¿Cuántas veces se pueden repetir los módulos profesionales?
El número de convocatorias por módulo profesional es de cuatro, excepto el de Formación en Centros de Trabajo que es de dos. Con carácter excepcional, se pueden establecer convocatorias extraordinarias para aquellas personas que hayan agotado las cuatro convocatorias por motivos de enfermedad o discapacidad u otros que condicionen o impidan el desarrollo ordinario de los estudios.