Grado de Realización de Proyectos de Audiovisuales y Espectáculos en Asturias
Estos son los centros de Asturias que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Realización de Proyectos de Audiovisuales y Espectáculos. Puedes ampliar información sobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.
Preguntas Frecuentes
¿Un alumno o una alumna que supere un ciclo formativo de FPB puede obtener el Título de ESO?
Si, siempre y cuando supere la reválida de 4º de la ESO por cualquiera de sus vías.
Tengo experiencia profesional en el Ciclo Formativo que estudio, ¿puedo solicitar la exención del módulo de FCT?
Podrá solicitar la exención total o parcial del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, el alumnado matriculado en dicho módulo que acredite una experiencia laboral mínima de un año (atendiendo al cómputo correspondiente a una jornada laboral completa), relacionada con el ciclo formativo en el que esté matriculado.
La experiencia laboral debe garantizar que el alumnado tiene adquiridos los resultados de aprendizaje recogidos en el currículo del módulo profesional de FCT.
¿Cuándo y dónde tengo que hacer la matrícula en las pruebas libres de FP?
Los plazos de las pruebas libres son siempre en épocas diferentes a los de la matrícula ordinaria y también variables de una comunidad a otra.
Es importante destacar que, al ser una modalidad más de Formación Profesional, es cada comunidad la que decide qué títulos se ofrecen mediante pruebas y no todos los títulos se convocan anualmente. También hay comunidades que no tienen esta opción de pruebas libres. Algunas hacen convocatoria únicamente de títulos antiguos LOGSE, otras de los nuevos (LOE), y otras de ambos sistemas.
¿Qué requisitos de acceso necesito para poder estudiar un ciclo de Formación Profesional Básica?
PARA CURSAR UN CICLO DE FP BÁSICA SE NECESITA:
El acceso a los ciclos de Formación Profesional Básica requerirá el cumplimiento simultáneo de las siguientes condiciones:
- Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso o durante el año natural en curso
- Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de la Educación Secundaria Obligatoria.
- Haber propuesto el equipo docente a los padres, madres o tutores legales la incorporación del alumno o alumna a un ciclo de Formación Profesional Básica.