Grado de Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear en Alicante
Estos son los centros de Alicante que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear. Puedes ampliar información sobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.
Preguntas Frecuentes
¿Cuáles son los criterios que establecen la preferencia entre los aspirantes a los ciclos de Formación Profesional?
- Para los ciclos de grado medio, la nota media del expediente académico.
- Para los ciclos de grado superior, en primer lugar se tiene en cuenta la modalidad y materia de Bachillerato cursada y en segundo lugar la nota media del expediente académico.
- En el caso de la Formación Profesional a distancia o semipresencial, se tiene en cuenta la experiencia profesional relaciona con los estudios a realizar y la nota media del expediente académico.
¿Cuándo se debe matricular el alumno para participar en el proyecto de FP Dual de un centro de FP?
Al igual que en la oferta educativa, al convivir las ofertas formativas de varias Administraciones educativas hay que tener en cuenta que el calendario, el sistema de la inscripción y matrícula, la evaluación y los currículos pueden variar en función de cada Comunidad Autónoma o del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Es recomendable que acceda a la web de la Consejería de Educación de su interés para conocer la oferta formativa en cada curso académico.
¿Qué es un ciclo formativo? ¿Es lo mismo que un módulo?
Cada título de Formación Profesional es un “ciclo formativo” y no un “módulo” como muchas personas piensan.
Los módulos profesionales son sólo una parte de un ciclo formativo. Es el equivalente a una asignatura en otro tipo de estudios. Para obtener un título de Formación Profesional es necesario haber superado todos los módulos que lo componen.
¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.