Grado de Automoción en Alicante

Estos son los centros de Alicante que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Automoción. Puedes ampliar información sobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.

  • , CL MONOVAR 5. Alicante
  • , PG COTES BAIXES S/N. Alicante
  • , AV DEL DOCTOR GARCÍA ROGEL 28. Alicante
  • , CL CURA GONZÁLEZ 52. Alicante
  • , CL BENIJÓFAR (POL. IND. AGUA AMARGA) 4-6. Alicante
  • , CL EDUARDO FERNÁNDEZ GARCÍA S/N. Alicante
  • , CL BARONIA DE POLOP 12. Alicante
  • , AV DE DON BOSCO 14. Alicante
  • Preguntas Frecuentes

    ¿Existe la posibilidad de solicitar becas para esta modalidad de estudios a distancia?

    El alumnado de Formación Profesional puede acogerse a becas y ayudas convocadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte con carácter estatal y a las becas y ayudas convocadas por las diferentes administraciones autonómicas.

    ¿Cómo puedo saber qué módulos profesionales de un Ciclo podría convalidar?

    Los módulos profesionales convalidados se calificarán con un 5, a efectos de obtención de la nota media.

    Siempre que exista normativa vigente a aplicar, estas convalidaciones debe resolverlas la dirección del centro educativo donde el/la solicitante se haya matriculado, en caso contrario, deben ser resueltas, de forma individualizada, por la Dirección General de Formación Profesional del Ministerio de Educación.

    ¿Qué requisitos de acceso se exigen para los Ciclos Formativos de grado medio?

    • Estar en posesión del título de Educación Secundaria.
    • Estar en posesión de un título de Técnico o de Técnico Auxiliar.
    • Tener superado el segundo curso de Bachillerato Unificado Polivalente (BUP).
    • Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio(se requerirá tener, al menos, diecisiete años, cumplidos en el año de realización de la prueba).

    ¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

    a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

    b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

    c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

    A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.

    Instalar