Estos son los centros de A Coruña que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Educación Infantil. Puedes ampliar informació nsobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.
PARA CURSAR UN CICLO FORMATIVO DE GRADO MEDIO SE NECESITA:
Ha de tener en cuenta que esta modalidad tiene unas características específicas que requieren forzosamente alternar contenidos de carácter no presencial con otros de carácter presencial que permiten acreditar dichas competencias y que estará matriculado en un Instituto de Educación Secundaria o Centro Integrado de Formación Profesional, tendrá que hacer allí la matrícula, la parte presencial de determinados módulos profesionales y los exámenes , así como la FCT (Formación en Centros de Trabajo), por lo que deberá valorar su disponibilidad para elegir la Administración educativa que más se ajuste a sus necesidades. Para conocer dichas particularidades deberá ponerse en contacto con el centro educativo, o en su caso la Administración educativa, que imparte el ciclo formativo que desearía cursar.
Debes tener en cuenta que es obligatorio para obtener el título realizar el módulo de Formación en un Centro de Trabajo (FCT), y que éste es necesariamente presencial, salvo que se pueda obtener su exención total porque el alumno acredite una experiencia laboral mínima de un año (atendiendo al cómputo correspondiente a una jornada laboral completa), relacionada con el ciclo formativo en el que esté matriculado.
Se trata de uno o varios centros educativos asociados por proximidad al centro del que procede el alumnado propuesto y que deberá elegirse siempre en primer lugar por la familia. En algunos casos será el propio centro en el que está escolarizado actualmente el alumno o la alumna.
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.